MURCIA.- El titular del juzgado de instrucción nº 8 de Murcia, David
Castillejos, ha inadmitido la querella por un delito de prevaricación
presentada por la Fundación San Antonio contra altos funcionarios de la
Dirección General de Bienes Culturales al considerar que no es la vía
penal la adecuada.
En un auto fechado el pasado lunes conocido
hoy, archiva la demanda de los propietarios de la Universidad Católica
San Antonio, de Murcia (UCAM), contra esos funcionarios de la Consejería
de Cultura por su supuesto bloqueo en la obtención de licencias para
edificación de una zona deportiva y un aulario en la pedanía de
Guadalupe, donde esa institución tiene su campus principal.
El
auto destaca que se trata de un conflicto "jurídico técnico" e sin tipos
penales, por lo que "la parte querellante puede acudir a la vía
contencioso-administrativa contra las decisiones de Cultura o del
Ayuntamiento de Murcia", cuya Concejalía de Urbanismo multó a la UCAM
por el derribo ilegal de El Corralazo, bien catalogado.
Según
resume el juez, para la UCAM los denunciados, entre ellos, la
exdirectora general de Bienes Culturales, María Comas, y el jefe del
Servicio de Patrimonio Histórico, Miguel San Nicolás, "realizaron de
manera grosera y deliberada actuaciones muy perjudiciales para la
fundación, hasta el punto de venir a fijar en 15 millones de euros la
posible responsabilidad civil".
"Se citan unas inversiones
elevadas en los terrenos de casi 135.000 metros en base a unos derechos
edificatorios que ahora no pueden ejercitar pasados varios años y ante
un bloqueo que les impide la obtención de las pertinentes licencias",
añade.
Se ha producido durante años, concluye el juez su resumen,
"una actuación conjunta y deliberada de esos funcionarios, primero por
omisión y permisión en la caducidad de un expediente de 2009 y después
con el expediente sancionador y medidas cautelares derivadas del derribo
de El Corralazo" por el que Cultura ordenó la suspensión inmediata a la
UCAM de las autorizaciones para construir.
En opinión de
Castillejos, este relato es "endeble", "flaquea notablemente y no se
sostiene" al ser "un plan insostenible que demuestra la creación
puramente artificial de la querella".
Contra esta resolución cabe recurso de reforma en el mismo juzgado o de apelación ante la Audiencia Provincial de Murcia.
"No morará en mi casa quien cometa fraude" (Sal 101, 7).
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