MURCIA.- El Tribunal Supremo (TS) ha anulado un acuerdo del
Consejo de Gobierno de Murcia de marzo de 2003 que clasificó como suelo
urbanizable una finca de 568 hectáreas, propiedad de la empresa
Explotaciones Agrarias La Cerca, que estaban incluidas en una Zona de
Especial Protección para las Aves (ZEPA).
La
sentencia señala que la resolución
"incurrió en arbitrariedad al decidir que unos terrenos -ubicados en la
pedanía murciana de Sucina- que habían sido designados como ZEPA, sin
ninguna explicación pasaran a ser suelo urbanizable".
Además,
señala que al estimar el recurso que la sociedad propietaria presentó
contra la revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Murcia,
invadió las competencias municipales y no respetó que la esfera de
decisión del diseño de la ciudad correspondía al consistorio, no al
Gobierno autonómico.
La sentencia del TS estima así
el recurso que presentó el Ayuntamiento de Murcia contra una resolución
del Tribunal Superior de Justicia de esa región que declaró ajustada a
derecho la decisión del Ejecutivo regional de no admitir el recurso
extraordinario de revisión que había planteado contra la recalificación
acordada.
"Declaramos radicalmente nulas -dice el
Alto Tribunal- la clasificación como suelo urbanizable sin sectorizar y
la calificación de "bordes serranos con aptitud turística", decididas en
el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia de 7 de marzo
de 2003, al no ser ajustadas a Derecho".
Hasta el Ayuntamiento ha tenido que ir en contra de un acuerdo de CARM que adopto al admitir extrañamente y sin informes técnicos un recurso de los propietarios, importante familia murciana del ala derecha del PP y donde el clan de impuyatos en la operación UMBRA y familia aparecen implicados. Los servicios jurídicos de San Esteban se permitieron poner en duda la inclusión de los terrenos en ambitos LIC y ZEPA y reclasificaron los terrenos por las bravas con el beneplácito del TSJ
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