En concreto, el Consistorio explica que se trata de la sentencia
936/2012, que confirma la legalidad de los trámites, y en la que la Sala
rechaza el recurso de la Asociación de Vecinos Senda de Granada y la
condena en costas, sin recurso contra el fallo, "por argumentos sin
fundamento".
Esta sentencia se une a otras tres que avalan la legalidad del
PGOU y el convenio Nueva Condomina, una cuarta que "garantiza la
legalidad de la adaptación del PGOU a la Ley del Suelo y un dictamen del
Tribunal de Cuentas sobre la legalidad de los valores de edificabilidad
de los convenios de la zona Norte", afirman las fuentes municipales.
El Ayuntamiento recuerda que, desde 2001, son cinco las sentencias
de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Murcia las que "avalan la legalidad de los trámites
administrativos realizados en la aprobación del PGOU, el convenio Nueva
Condomina y la adaptación del PGOU a la Ley del Suelo regional,
rechazando claramente los argumentos expuestos por los litigantes
Iruñesa de Parques Comerciales S.A., PSOE, Colegio de Arquitectos, Anse,
y Asociación de Vecinos Senda de Granada".
En este sentido, considera que estas sentencias "establecen el
ajuste a derecho de los desarrollos de la ordenación de la zona Norte
del Municipio".
Así, recuerda que las sentencias 983/2005 de 30 de diciembre y
461/2006 de 16 julio de 2006 de la Sala de lo Contencioso Administrativo
del TSJ de Murcia "establecen la plena legalidad de la regularización
contenida en el artículo 6.2.14, respecto a las dos alternativas de
ordenación de los suelos SD, y la regulación del artículo 8.1.3. sobre
la posibilidad de incorporación de los suelos del sistema general
GD-SD".
Por otra parte, la sentencia 461/2006 declara, igualmente, "la
plena legalidad de todo el contenido del convenio aprobado en mayo de
2001 para el desarrollo de la actuación Nueva Condomina, salvo el
apartado relativo al cálculo del 10 por ciento de aprovechamiento al que
tiene derecho la administración municipal".
La sentencia 729/2009, por otro lado, "desestima lo pretendido por
Anse al establecer que el plan parcial Nueva Condomina cumple lo
establecido en las leyes en relación con el mantenimiento y protección
de espacios hidraúlicos y estudios de impacto ambiental", recuerda el
Consistorio.
Además, el Consistorio explica que las sentencias 574/2012 de 13
de julio de 2012 y 936 de 27 de diciembre de 2012, contra la aprobación
del Ayuntamiento de la adaptación del PGOU a la Ley del Suelo regional,
establece que los procedimientos seguidos "respetaron lo establecido en
el artículo 137 de la Ley del Suelo en cuanto a tramitación
administrativa, tratándose de una adaptación obligatoria y no una
modificación del PGOU".
El TSJ concluye que el Ayuntamiento adaptó el Plan Urbano a la Ley
del Suelo "siguiendo los cauces legales". Además, incide en que "no se
produjo un aumento de edificabilidad (sino una reducción) y tampoco se
desprotegieron suelos de valor medioambiental".
Dichos suelos, insiste la Sentencia, se mantienen como no
urbanizables "con los destinos de protección ambiental, forestal y
paisajística". La sentencia "se produce tras una denuncia de la
Asociación de Vecinos Senda de Granada, que fue condenada en costas, y
contra la sentencia no cabe recurso".
De igual forma, el Tribunal de Cuentas, en auto de 3 de junio de
2009, a denuncias del concejal del PSOE, José Manuel Abellán, determinó
que en la valoración de los aprovechamientos de los convenios de la zona
Norte "se siguieron los trámites establecidos en la legislación
vigente". El Tribunal de Cuentas falló que constaba "de modo inequívoco y
manifiesto, la inexistencia de supuesto alguno de responsabilidad
contable", y condenaba a costas al PSOE, añade.
Del conjunto de las anteriores sentencias de lo Contencioso
Administrativo de 2005, 2006, 2009 y 2012 y del dictamen del Tribunal de
Cuentas de 2009 se puede concluir, según el Ayuntamiento, que todos los
procedimientos y trámites administrativos impulsados por el
Ayuntamiento de Murcia "han tenido un denominador común: su plena
legalidad y transparencia, siempre en beneficio de la ciudadanía y del
interés general".
En este sentido, además, recuerda que los jueces "han revisado,
investigado y sentenciado hasta en cinco ocasiones que todos los
procesos administrativos que emanan del Consistorio en relación con los
convenios de la zona Norte están avalados por la legislación vigente".
Así lo demuestra la última sentencia 936/2012 de 27 de diciembre,
elaborada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso
Administrativo y promovida por la Asociación de Vecinos Senda de
Granada, que solicitaba la anulación de la aprobación de la adaptación
del PGOU de Murcia la Ley del Suelo. El recurso fue interpuesto el 28 de
febrero de 2006.
Las sentencias 461/2006 y 727/2009 establecen, además y entre
otras cuestiones relativas al PGOU y el Nueva Condomina, un rechazo a
que "se vulnere el régimen legal respecto a la incorporación de suelos
urbanizables sin sectorizar a procesos de transformación urbanística".
Igualmente, estas sentencias rechazan que los cambios producidos
en la aprobación provisional del PGOU "fueran sustanciales", y entienden
que la regulación contenida respecto a las dos alternativas "es
suficiente".
Afirman que "no existe reserva de dispensación, ya que la
regulación de la zona Norte (SD) es igualitariamente aplicable a todos
los suelos", al tiempo que consideran que "no se ha producido desviación
de poder y que las motivaciones de la regulación de las alternativas no
son ajenas al interés público".
Establecen igualmente "la legalidad del convenio Nueva Condomina
porque cumple lo establecido en la Ley Regional del Suelo vigente en 31
de mayo de 2001, respecto los derechos de los propietarios del suelo y
contiene garantías que se exigen".
¿Estaba Cámara a la espera?
El alcalde de Murcia, Miguel Ángel Cámara, ha declarado que la nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región confirma que todo el procedimiento que se ha utilizado en la adaptación a la Ley del Suelo del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), que contempla los convenios de la zona Norte del municipio, "está ajustado a derecho".
¿Estaba Cámara a la espera?
El alcalde de Murcia, Miguel Ángel Cámara, ha declarado que la nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región confirma que todo el procedimiento que se ha utilizado en la adaptación a la Ley del Suelo del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), que contempla los convenios de la zona Norte del municipio, "está ajustado a derecho".
Y el concejal Cosme "ande andará"?
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