MURCIA.- "Los guardias civiles tenemos los mismos derechos para
la conciliación familiar que el resto de funcionarios y trabajadores,
en concreto el derecho a la reducción de jornada por cuidado de hijos
menores de 12 años con la adecuación del horario de trabajo. Todo ello
está legislado tanto en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP)
como en la propia normativa interna de la Guardia Civil, en concreto en
la Ley 29/2014 de Régimen de Personal y la Orden General de Jornada
Laboral", recuerda la AUGC (Asociación Unificada de Guardias Civiles) en un comunicado.
"Sin embargo la Jefatura de la 5ª Zona de
la Guardia Civil desestima sistemáticamente la adecuación del horario de
trabajo de los guardias civiles que tienen concedida reducción de
jornada por cuidado de hijos menores de 12 años, es decir, a pesar de
que los guardias civiles afectados tienen concedida una reducción de su
horario diario para cuidar a sus hijos se les puede nombrar y de hecho
se ha nombrado servicios en horarios de tarde y nocturnos que son
totalmente incompatibles con la obligación de cuidar a sus hijos
menores".
En el año 2018 AUGC ha tenido que
denunciar tres denegaciones de adecuación de horario en una reducción de
jornada, dos de ellas a guardias civiles en familia monoparental con el
cuidado de un hijo menor de 12 años y sin apoyo familiar de ningún tipo
al estar desplazados de su localidad de origen.
El tercer caso es de
una guardia civil con tres hijos menores de 3 años que asisten a
guardería en horario de mañana y que debe cuidar el resto del día
compaginándolo con su horario de trabajo.
En
todos estos casos, según la resolución denegatoria, se les puede nombrar
servicio en horarios de tarde y nocturnos, debiendo realizar una
elección complicada como es “abandonar” a sus hijos que incluso puede
llegar a ser un delito de abandono de un menor o no prestar el servicio
nombrado "y ser condenadas con un delito militar de abandono de un
servicio, difícil y complicada elección".
"Resulta
paradójico que en la Comandancia de Murcia donde hay destinados 1.800
guardias civiles y existen siete compañías territoriales, los tres casos
descritos se centren en la 6ª Compañía de la Guardia Civil de Lorca.
Pero
más asombroso son las excusas que se argumentan para denegar la
elección de horario por parte de los guardias civiles que tienen
concedida la reducción de jornada, en concreto se debería realizar un
informe con tres puntos, a saber, si la situación personal es real, si
existen puestos de trabajo que puedan adaptarse al horario que necesitan
y si existe un gran perjuicio para guardias civiles en la misma
situación.
Sin embargo se realiza un informe
mucho más extenso con 18 puntos y datos innecesarios como la extensión
geográfica, las fiestas patronales de la localidad, los componentes
comisionados en otras unidades, etc."
Pero a juicio de AUGC resulta más
grave informar de cuestiones como el número de hijos del resto de
componentes, situación escolar de los mismos e incluso si existen
embarazos o previsión de estos.
"Todo ello
lógicamente es para justificar artificiosamente la denegación de la
adecuación horaria, bajo excusas generalistas como que existen
necesidades del servicio o que en un futuro podría perjudicar a
potenciales beneficiarios de reducciones de jornada, desde luego
argumentos muy pobres en derecho.
Sin embargo no se tienen en cuenta que
en dichas unidades se nombran a diario servicio a varios componentes en
horario de mañana que se adecua perfectamente a las necesidades de
conciliación familiar de las peticionarias, no existiendo impedimento
alguno para su concesión.
Aunque
las reducciones de jornada por cuidado de hijos menores son solicitadas
indistintamente por hombres y mujeres, el porcentaje es más alto en las
ultimas y en los casos concretos que denunciamos todas son mujeres
guardias civiles. El 16% por ciento de las mujeres guardias civiles
solicitan reducción de jornada, mientras que entre los hombres lo
peticionan el 2%.
De este modo el mensaje que se
lanza a la sociedad es que las mujeres tienen peor conciliación familiar
en la Guardia Civil que en otros cuerpos de seguridad y militares y que
para hacer valer sus derechos tendrán que acudir inexorablemente a la
vía judicial con los consiguientes retrasos y perjuicios personales y en
su carrera profesional como guardias civiles.
Por
ello no nos debemos extrañar que el porcentaje de mujeres en la Guardia
Civil sea del 7,5% mientras que en la Policía Nacional es del 12%, en
las Fuerzas Armadas del 12,5% y en los Mossos D’Esquadra del 21%,
cuerpos todos ellos con una mejor conciliación familiar y laboral.
Y
tampoco podemos extrañarnos que este trato discriminatorio perjudique a
su carrera profesional disminuyendo el porcentaje de mujeres según el
empleo, mientras que en la escala básica suponen el 7,1% en la escala de
suboficiales desciende al 2,61% y en la de oficiales al 3,30%.
Desde
luego, las dificultades de conciliar la vida familiar y laboral en la
Guardia Civil correlacionan negativamente para que la mujer ingrese en
el Cuerpo, optando por otros donde el respeto a la conciliación es mucho
mayor".
AUGC
ha interpuesto un pleito contencioso-administrativo en los Juzgados
Contenciosos de Murcia que ha sido admitida a trámite "y que esperamos
que regule definitivamente estas irregularidades en la aplicación de los
derechos de los guardias civiles en materia de conciliación.
Pero
además de todo ello AUGC ha realizado una ronda de reuniones con
partidos políticos donde se han expuesto tales irregularidades, instando a
los mismos a que realicen preguntas parlamentarias en el Congreso de
los Diputados.
Por último, estamos a la espera de
una pronta reunión con el Delegado del Gobierno, al objeto
de exponerle esta grave situación de conculcación de derechos de unos
trabajadores públicos y desde este foro le invitamos a que se informe e
imparta órdenes a la Jefatura de la 5ª Zona de la Guardia Civil para que
cumpla con la legislación al respecto y no vulnere los derechos de los
guardias civiles murcianos".