viernes, 13 de febrero de 2026

Asaja denuncia el "despilfarro hídrico" en la Cuenca del Segura "por la desidia en infraestructuras de almacenamiento"



MURCIA.- La Asociación Joven de Agricultores (ASAJA) de Murcia ha mostrado hoy su "profunda indignación y hartazgo" ante la incapacidad de gestión de la Cuenca del Segura tras el reciente paso de las borrascas que han atravesado la Península.

Mientras que otras cuencas españolas han logrado capitalizar las precipitaciones aumentando sus reservas de forma significativa, la Región de Murcia "asiste, una vez más, a la pérdida irreparable de recursos hídricos debido a la falta de infraestructuras de almacenamiento y regulación", indican.

Para el secretario general de Asaja Murcia, Alfonso Gálvez, "es inaceptable que en un contexto de cambio climático y escasez estructural, la falta de voluntad política mantenga paralizadas obras críticas. Es un drama ver cómo el agua se nos escapa de las manos por no tener dónde guardarla. Mientras otras zonas de la Península respiran aliviadas, aquí seguimos mendigando cada gota porque los deberes en infraestructuras están sin hacer".

El foco de las críticas de la organización agraria se centra en el recrecimiento de la presa del embalse de Camarillas (en la imagen), una infraestructura que ASAJA califica de "estratégica e irrenunciable". 

La entidad denuncia que el bloqueo de esta obra impide almacenar volúmenes vitales de agua que podrían garantizar la supervivencia de miles de explotaciones durante los periodos de sequía.

Además, Gálvez añade que "el no recrecimiento de Camarillas no es una decisión técnica, es una decisión política que condena al sector agro-alimentario murciano. No podemos permitir que, cada vez que la naturaleza nos da un respiro en forma de lluvia, la administración nos lo arrebate por falta de capacidad".

Dentro del mismo contexto, el titular de Asaja Murcia señala "el evidente agravio comparativo con otras cuencas del país, donde la inversión en modernización y capacidad de embalse ha sido prioritaria. La organización recuerda que el sector agrario murciano es el más eficiente de Europa en el uso del agua, pero que la eficiencia en el riego no sirve de nada si el sistema de captación y almacenamiento está obsoleto o es insuficiente".

Ante esta situación, Gálvez exige al Ministerio para la Transición Ecológica y a la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) la licitación urgente de las obras de recrecimiento de la presa de Camarillas; un plan de choque para la retención de escorrentías mediante balsas de regulación y diques que eviten la pérdida de agua al mar; transparencia en los datos de captación de las últimas borrascas para y evaluar el volumen real de agua desaprovechada.

"No pedimos milagros, pedimos infraestructuras. Los agricultores y ganaderos de Murcia no pueden depender de la suerte; necesitamos seguridad hídrica para seguir siendo el motor económico de esta Región", destaca el portavoz de Asaja Murcia.

El Ayuntamiento de Murcia impulsa la primera ordenanza del país que protegerá la red histórica de riego de la Huerta

MURCIA.-  Murcia presenta la primera ordenanza municipal de España dedicada exclusivamente a la protección de una red de riego tradicional, la de la Huerta de Murcia, un sistema único en Europa por su valor cultural, histórico y ambiental. Así lo ha anunciado este viernes el concejal de Planificación Urbanística, Huerta y Medio Ambiente, Antonio Navarro, tras la aprobación del borrador en Junta de Gobierno, como paso previo a su aprobación inicial en el Pleno del Ayuntamiento.

Tras el periodo de exposición pública, el Ayuntamiento ha analizado y revisado las alegaciones presentadas, incorporando aquellas propuestas que enriquecen y mejoran el texto para dotarlo de mayor claridad y precisión, sin alterar el núcleo esencial de la norma.

En la elaboración del documento han participado, entre otros, las principales entidades vinculadas a la Huerta, así como la Junta de Hacendados de la Huerta de Murcia y la Comunidad de Regantes de Churra la Vieja, además de haberse realizado una consulta interna a los distintos servicios técnicos y grupos municipales, cuyas aportaciones han contribuido a mejorar el texto de la ordenanza.

La Huerta de Murcia "presenta un interés fundamental para el Ayuntamiento, siendo merecedora de una especial protección por tratarse de un sistema de riego tradicional agrícola, económico y productivo con unos fuertes valores ambientales y socioculturales fuertemente arraigados en la idiosincrasia del municipio".

Por esta razón, la ordenanza se redacta con la finalidad de "dotar a Murcia de un marco normativo estable, de público conocimiento, mediante el establecimiento de unos criterios de intervención para las obras de mantenimiento, conservación, mejora y modernización de los cauces que constituyen las redes de riego y avenamiento existentes en la Huerta de Murcia, que buscan la simplificación administrativa y la agilización de los procedimientos".

El concejal ha explicado que el Ayuntamiento "ha redactado la ordenanza para la protección del regadío tradicional de la Huerta de Murcia". 

"Es muy completa, que afecta tanto a los elementos tradicionales como son los cauces, así como todos los elementos que la rodean", ha señalado.

A su juicio, "esta ordenanza viene a complementar al plan general, donde se establece que se mantendrán los cauces y su paisaje tradicional".

La Ordenanza Reguladora de la Red de Regadío de la Huerta de Murcia establece por primera vez en España un marco claro para garantizar que cualquier intervención en las acequias, hijuelas, brazales, regaderas y azarbes del municipio se realice con el máximo respeto al paisaje tradicional, a la biodiversidad y al patrimonio cultural, lo que convierte a Murcia en referente nacional en la defensa del patrimonio hidráulico y paisajístico vinculado a la agricultura tradicional.

Entre los principales criterios recogidos destacan la protección del arbolado de ribera autóctono y fomento de especies tradicionales como moreras, almeces o plátanos de sombra.

También se contempla el mantenimiento de elementos patrimoniales como puentes, compuertas, partidores o tablachos; y la integración paisajística en zonas verdes y espacios urbanos, con señalización de los nombres históricos de cada canal. Con carácter general, no se autorizará el cimbrado o entubado de los canales protegidos.

De igual manera, contempla la colaboración con las comunidades de regantes y la recuperación progresiva de tramos actualmente entubados, en especial en zonas rurales, para devolverles su forma y función original.

Se mantendrá, en todo caso, la plataforma natural de la base creando, en la medida de lo posible, pozos de salvamento de fauna cada 50 metros, de dimensiones 1 m3, en caso de corte de agua. Además, se prohíbe la contención de los cauces mediante bloques de hormigón o cualquier otra construcción de materiales precarios.

En materia de seguridad y señalización, en los espacios públicos urbanizados, el cauce se protegerá en todos sus frentes con barandillas de seguridad, de colores que se integren con el entorno y los canales serán nombrados con su topónimo oficial.

Asimismo, en los casos en los que sea imprescindible la construcción de pasos y puentes sobre los canales, estos serán diseñados de manera que se consiga el menor impacto paisajístico posible. De forma general, serán puentes de 5 metros de anchura máxima libre de paso, y se procurará que no haya puentes contiguos a menos de 60 metros de distancia entre ellos.

Con la aprobación de este proyecto, el Ayuntamiento de Murcia reafirma su compromiso firme con la protección, recuperación y puesta en valor de la Huerta de Murcia, garantizando que el legado hidráulico y cultural que ha definido durante siglos al municipio siga vivo.

La finalidad es que los murcianos del futuro crezcan con una identidad huertana sólida, consciente y orgullosa de su patrimonio, y que la Huerta continúe siendo un símbolo de Murcia.

La CHS somete a información pública la concesión de hasta 22,85 hm3 anuales de agua desalada de Escombreras

 CARTAGENA.- La Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) ha abierto el periodo de información pública del expediente de concesión de las aguas desaladas procedentes de la instalación desalinizadora de agua de mar (IDAM) de Escombreras, con un volumen máximo a asignar de 22.854.747 metros cúbicos al año, destinados a regadío agrícola, ganadero e industrial.

El anuncio, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), detalla que el expediente, incoado de oficio por la Comisaría de Aguas (CSR-0025/2021), contempla como punto de toma la IDAM de Escombreras, en el término municipal de Cartagena, y establece un plazo de un mes para la presentación de alegaciones por parte de los interesados.

En el proceso de competencia de proyectos se recibieron 152 solicitudes, de las que 10 fueron excluidas por incumplir los requisitos del procedimiento, resultando admitidas 142 peticiones.

Del total de 142 solicitudes admitidas, 100 han obtenido asignación de volumen compatible --total o parcial--, lo que representa aproximadamente el 70,4% de las peticiones evaluadas. El resto han sido consideradas incompatibles o no han recibido asignación de volumen, de acuerdo con los criterios técnicos aplicados en el marco de la planificación hidrológica vigente.

La apertura del trámite de información pública se realiza conforme a lo previsto en los artículos 109 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Los escritos, citando la referencia CSR-0025/2021, podrán dirigirse a las oficinas de la Confederación Hidrográfica del Segura en Murcia.

Asimismo, los principales documentos del expediente se encuentran disponibles en la página web oficial del organismo de cuenca y podrán examinarse presencialmente, previa cita, en dependencias de Régimen Concesional Superficiales.

La instructora del 'caso Atalayas' ve indicios de homicidio imprudente y dirige la causa contra cinco investigados

 MURCIA.- La magistrada de la plaza 3 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Murcia ha dictado auto de continuación por los trámites del procedimiento abreviado en las diligencias seguidas por el incendio ocurrido el 1 de octubre de 2023 en dos discotecas situadas en el polígono Atalayas de Murcia, en el que fallecieron 13 personas.

La instructora concluye que, tras la práctica de diligencias, existen indicios suficientes para concretar provisionalmente los hechos y atribuirlos a cinco personas en concepto de posibles responsables de un delito de homicidio por imprudencia, sin perjuicio de la calificación definitiva que pueda realizarse en fase de enjuiciamiento, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) en un comunicado.

El auto señala expresamente que "existen indicios racionales" de que los hechos investigados podrían ser constitutivos de infracción penal y acuerda continuar el procedimiento frente a los investigados en su condición de responsables de la explotación de los establecimientos, organizador de la fiesta celebrada esa madrugada y técnico proyectista que intervino en la configuración del local.

Esta delimita el objeto del proceso y las personas frente a las que, indiciariamente, se aprecia responsabilidad, abriendo así la fase en la que las acusaciones deberán formular escrito de acusación o interesar el sobreseimiento.

En el relato indiciario que incorpora la instructora, se describe que durante la celebración de una fiesta se instalaron dos máquinas generadoras de "chispas de fuego frío", alimentadas con titanio, cuyo sistema alcanzaba temperaturas de hasta 452 grados centígrados y podía proyectar chispas a varios metros de altura.

La resolución recoge que dichas máquinas "carecían de número de referencia/serie" y que, conforme a sus propias instrucciones, debían utilizarse respetando determinadas distancias de seguridad. Sin embargo, indiciariamente, "las chispas que desprendían estuvieron colisionando contra el [techo] a lo largo de la noche", hasta que este "comenzó a arder en el punto justo donde chocaban las chispas de fuego frío de titanio".

El fuego se propagó con rapidez, alcanzando el establecimiento contiguo, y "a trece personas que estaban en la planta primera (*) no les dio tiempo a abandonarla y fallecieron en su interior", según se recoge en la resolución.

La resolución también analiza obras realizadas años antes en la nave industrial que albergaba ambos establecimientos. Según el relato indiciario, uno de los investigados y el ingeniero técnico proyectista habrían dividido la nave en dos salas "sin haber obtenido licencia municipal", modificación que "tuvo relevancia en la propagación del fuego de un establecimiento a otro, así como en sus consecuencias".

El auto señala que la nueva configuración "indiciariamente no cumplía las exigencias de seguridad contra incendios del Código Técnico de la Edificación" y que dicha situación se habría mantenido hasta la fecha de los hechos.

En concreto, la resolución enumera diversas "deficiencias técnicas de compartimentación que favorecieron la propagación y consecuencias del fuego", entre ellas la inexistencia de elementos con la resistencia al fuego exigible, la falta de una franja de protección adecuada en la cubierta, la ausencia de puertas cortafuegos en la medianería entre ambos locales y la existencia de conductos de climatización que comunicaban ambos espacios "sin existir compartimentación, posibilitando el paso del fuego de un establecimiento a otro".

Asimismo, se recoge que en ambas discotecas existían, siempre de forma indiciaria, "elementos constructivos, decorativos y mobiliario cuya resistencia al fuego no se había certificado".

A la vista de todo ello, la instructora concluye que procede continuar la tramitación por los cauces del procedimiento abreviado al apreciar indicios suficientes de responsabilidad penal, dando traslado a las partes para que formulen escrito de acusación o soliciten el sobreseimiento.

Con esta resolución, el procedimiento entra en una nueva fase procesal en la que se ha de concretar la acusación respecto de las personas investigadas y, en su caso, la apertura de juicio oral.

La instructora acuerda continuar el procedimiento también por trece delitos de lesiones por imprudencia grave, al apreciar indicios de que otras trece personas resultaron lesionadas como consecuencia del incendio. El auto vincula estas lesiones al mismo contexto de actuación indiciariamente imprudente que fundamenta los delitos de homicidio.

Junto a ello, la resolución dirige también la causa por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores, al entender que existen indicios de incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales en materia de seguridad frente a incendios.

En particular, el auto destaca que, según las diligencias practicadas --entre ellas el informe de la Inspección de Trabajo--, el fallecimiento de una empleada y la exposición al riesgo del resto del personal podrían estar relacionados con la falta de adopción de las medidas de protección exigibles, lo que, indiciariamente, podría integrar el tipo previsto en los artículos 316 y 318 del Código Penal.

En cuanto a los funcionarios municipales y al responsable de seguridad del local, la instructora acuerda el sobreseimiento provisional al no apreciar indicios racionales de que exista una relación de causalidad penalmente relevante entre su actuación y el fallecimiento de las trece víctimas ni con las lesiones sufridas por otras personas.

La instructora recuerda que por providencia anterior se acordó deducir testimonio para instruir de forma independiente el presunto delito de prevaricación administrativa, de modo que las presentes diligencias previas se centran exclusivamente en los delitos de homicidio por imprudencia grave.

A partir de ahí, la magistrada analiza si existen indicios suficientes para continuar el procedimiento por homicidio imprudente contra los técnicos municipales y concluye que no procede porque: "no existen indicios racionales de que entre su actuar y el fallecimiento de las trece personas haya causalidad, así tampoco para con las lesiones sufridas por determinadas personas".

El auto no es firme y puede ser recurrido en reforma y subsidiaria apelación ante la Audiencia Provincial.

Archivan dos querellas contra funcionarios municipales por el incendio de 'caso Atalayas'

 MURCIA.- La magistrada de la plaza 3 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Murcia ha dictado auto por el que acuerda no admitir a trámite las querellas presentadas por varios perjudicados contra distintos responsables y técnicos municipales en relación con la gestión administrativa de las discotecas 'Teatre' y 'Fonda Milagros', donde el 1 de octubre de 2023 se produjo un incendio con el resultado de 13 personas fallecidas.

La resolución analiza la querella interpuesta por una de las partes perjudicadas contra funcionarios del Ayuntamiento y la formulada por otros perjudicados contra diversos cargos públicos y técnicos municipales, a quienes se atribuía un delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del Código Penal por su actuación en los expedientes de licencias, inspecciones, órdenes de cese y procedimientos sancionadores relativos a los locales.

Según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en un comunicado, el auto señala que el delito de prevaricación exige que la autoridad o funcionario "a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo", y que no toda ilegalidad administrativa tiene relevancia penal.

La magistrada incide en que la jurisdicción penal solo debe intervenir ante supuestos "manifiestamente graves y evidentes", en aplicación del principio de intervención mínima.

Uno de los ejes centrales de la fundamentación jurídica se apoya en la interpretación consolidada del artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal realizada por el Tribunal Supremo y en la doctrina del Tribunal Constitucional sobre el derecho de acceso a la jurisdicción.

El auto resume que el juez debe rechazar la querella cuando no sea competente o cuando los hechos no sean constitutivos de delito, y "que la presentación de una querella no conduce de manera forzosa o ineludible a la incoacción de un procedimiento penal".

El auto descarta que las querellas aporten elementos que permitan subsumir los hechos en el tipo penal de prevaricación, ya sea por inexistencia de una resolución arbitraria o por falta del elemento subjetivo cualificado de actuar "a sabiendas" de la injusticia. Y añade que no basta con afirmar que un daño es antijurídico para dar lugar a la apertura de un proceso penal.

"La calificación jurídico-penal de un hecho no puede hacerse depender de la indignación por la magnitud de la tragedia del hecho", subraya.

 En su fundamentación jurídica, el juzgado examina de forma pormenorizada la documentación administrativa incorporada a las actuaciones, diferenciando entre expedientes de licencias y expedientes derivados de denuncias e inspecciones.

Según recoge el auto, tras las distintas inspecciones realizadas desde 2017, el Ayuntamiento incoó sucesivos expedientes, requirió la legalización de actividades, tramitó procedimientos sancionadores e impuso multas, además de dictar en enero de 2022 un decreto ordenando el cese de la actividad.

La magistrada señala que no se aprecia una "clamorosa inactividad" por parte de la Administración, sino la tramitación de diversos procedimientos con solicitud de informes técnicos y emisión de resoluciones.

En este sentido, destaca que, "la Administración no tuvo una dejación de funciones a sabiendas de manifiesta ilegalidad, pues iba dictando resoluciones ajustadas a derecho en los diversos expedientes de concesión de licencias y sancionadores".

El auto concreta expresamente que, aun cuando pudieran existir "posibles irregularidades administrativas de tramitación a analizar en otra jurisdicción diferente a la penal", no concurren los elementos típicos del delito de prevaricación, que requiere no solo ilegalidad, sino una contradicción "evidente, patente, flagrante y clamorosa" con el ordenamiento jurídico.

Asimismo, la resolución recuerda que la prevaricación administrativa no admite modalidad culposa, de modo que una eventual actuación negligente o imprudente no integra el tipo penal.

En palabras del auto, el comportamiento de los funcionarios podría calificarse, en su caso, como "más o menos afortunado", pero no alcanza el umbral de arbitrariedad exigido por el artículo 404 del Código Penal.

En relación con la orden de cese dictada en enero de 2022, la resolución explica que la posterior solicitud de legalización presentada por la mercantil titular dio lugar a la incoación de un nuevo expediente y que la falta de ejecución forzosa inmediata no puede equipararse, sin más, a una resolución prevaricadora por omisión.

El delito de prevaricación "no trata de la sustituir a la jurisdicción contencioso administrativa en su labor genérica de control del sometimiento de la actuación administrativa a la ley y al derecho, sino de sancionar supuestos límite, en los que la posición de superioridad que proporcionaba el ejercicio de la función pública se utiliza para imponer arbitrariamente el mero capricho de la autoridad o funcionario, perjudicando al ciudadano afectado (o a los intereses generales de la Administración Pública, eliminando arbitrariamente la libre competencia) en un injustificado ejercicio de abuso de poder. En este sentido, no es la mera ilegalidad sino la arbitrariedad lo que se sanciona", concluye.

En consecuencia, no admite a trámite las querellas formuladas, "por no estar debidamente justificada la comisión de los hechos punibles atribuidos a los querellados". 

La resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de reforma y/o subsidiario de apelación en los plazos legalmente previstos.

Toda la Región en aviso naranja por viento este sábado, excepto en el Campo de Cartagena y Mazarrón donde será amarillo

 MURCIA.- La Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) ha emitido aviso naranja por viento en toda la Región de Murcia, excepto en el Campo de Cartagena y Mazarrón donde será amarillo.

A partir de esta medianoche se activará aviso amarillo por viento en el Altiplano, Noroeste, Valle del Guadalentín, Lorca y Águilas hasta las 6.00 horas, durante el que se esperan rachas máximas de 80 kilómetros por hora.

El aviso naranja comenzará en estas zonas y en la Vega del Segura a las 6.00 horas de este sábado y concluirá a las 18.00 horas, cuando pasará a aviso amarillo hasta la medianoche. Se esperan rachas máximas de 90 kilómetros por hora.

El Campo de Cartagena y Mazarrón permanecerán durante todo el sábado en aviso amarillo, con rachas de hasta 80 kilómetros por hora. También se ha emitido aviso amarillo por fenómenos costeros por viento del noroeste de entre 50 y 60 kilómetros por hora, fuerza 7, y olas de 3 metros.

Mueren 37 trabajadores en accidente laboral en 2025 en la Región de Murcia, 16 más que el año anterior

 MURCIA.- Un total de 37 trabajadores fallecieron en accidente laboral en 2025, 16 más que en el mismo periodo del año anterior, según datos provisionales del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Del total de decesos registrados en la Región el pasado año, 28 tuvieron lugar durante la jornada laboral y 9 'in itínere', esto es, al ir o volver del lugar de trabajo. En concreto, 34 de los trabajadores fallecidos eran asalariados y el resto, tres, autónomos.

El número de accidentes con resultado de baja en la Región de Murcia en 2025 ascendió a 21.523, 202 menos que en el ejercicio anterior, cuando se contabilizaron 21.725.

La actividad económica que acumuló un mayor número de siniestros durante la jornada laboral en la comunidad fue la relacionada con la industria manufacturera (4.465), seguida de la agricultura y la ganadería (2.880); la construcción (2.513) y el comercio (2.284).

Desguace del viejo orden / Guillermo Herrera *


Se está transformando el viejo sistema de banca central. Está entrando en una fase de ruptura estructural el viejo bloque de poder mundial, que sostiene el orden financiero actual.

 Con la actual fractura geopolítica, Davos pierde capacidad de consenso y no logra imponer su narrativa de forma unánime, lo que se interpreta como el ocaso de un proyecto de mundialización. 

Eliminar a los bancos centrales es una postura defendida por figuras como Ron Paul en su libro “Eliminar la Fed” (End the Fed).

Después de 2012, se ha destruido la infraestructura negativa del plano sutil, pero el campo terrestre sigue siendo una mezcla densa de ocho mil millones de seres energéticos antagónicos. Este enorme desorden es una de las razones por las que es tan lenta la transformación y la transición.

https://eraoflight.com/2026/02/08/the-great-quantum-transition-shining-part-1/

El sistema de bancos centrales ha sido el pilar del orden basado en la deuda, la inflación controlada y el dólar‑reserva, con independencia formal pero alineado con intereses geopolíticos de las grandes potencias. 

Este desmontaje se puede leer como una crisis de credibilidad sobre la independencia de los bancos centrales, así como una presión de deuda insostenible, inflación persistente y choques geopolíticos que obligan a redefinir los papeles.

Este desguace se vincula con la idea de un posible reinicio monetario con un cambio de paradigma en cómo se crea dinero, se gestiona la deuda y se distribuye el poder financiero, en el que pierde el monopolio el viejo bloque de bancos centrales frente a nuevos actores como potencias emergentes y sistemas de pago paralelos. 

Se observa una reconfiguración gradual del sistema, no un colapso programado y visible.

https://www.youtube.com/watch?v=6WU0GjEnXpk

DERRIBOS

El viejo mundo es la estructura actual, según Ariel.- A puerta cerrada, facciones de inteligencia alineadas con elementos de la coalición han desmontado nodos clave del lado oscuro desde 2017. 

Los derribos coordinados de redes vinculadas a círculos de élite, la confiscación de activos en paraísos fiscales y ha cambiado el impulso la neutralización silenciosa de funcionarios implicados.

Los informantes describen operaciones estratificadas: guerra financiera mediante sistemas cuánticos que congelan cuentas de presupuestos oscuros, intrusiones cibernéticas que exponen archivos clasificados de chantaje y acciones cinéticas contra instalaciones subterráneas. 

Esto no es heroísmo cinematográfico; es una guerra de desgaste metódica contra una hidra que se alimentó del sufrimiento humano durante siglos.

La tecnología positiva es la vía de escape. El ecosistema de Elon Musk, Neuralink, Optimus Gen-3 y la constelación Starlink, constituyen la columna vertebral de un salto hacia la post escasez. 

Los robots Optimus evolucionan de ayudantes de fábrica a compañeros capaces de reflejar emociones intuitivamente, gestionando tareas pesadas para que los seres humanos recuperen su soberanía creativa.  

Starlink cubre el planeta con ancho de banda sin filtrar, poniendo fin a los cárteles de la información y permitiendo la transferencia directa de conocimiento entre pares.

Esta ascensión no es suave. Entidades dedicadas a mantener a la Humanidad como fuerzas arcónicas de ganado energético descritas en textos gnósticos como la biblioteca de Nag Hammadi, o analistas exopolíticos como el doctor Michael Salla, detallan alianzas negativas con facciones del lado oscuro que lucharon para mantener la cuarentena 3-D.

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