Secretario de Estado de Economía
Nos congratula leer en prensa que un servicio tan necesario en la persecución del delito fiscal y financiero a través del lavado de dinero, parece ser cumplimenta con celo sus funciones supervisoras. Y nos congratula muy especialmente que el supuesto objeto de inspección de estos notables despachos sea valorar si estos son, o no, agentes que intervienen en la creación de sociedades opacas en reconocidos Paraísos Fiscales o centros financieros extraterritoriales o para no residentes.
No deja de sorprendernos que en las informaciones que da la prensa sobre presuntas irregularidades financieras aparezcan, ya era hora, citados estos Paraísos Fiscales que son en la actualidad el principal instrumento a nivel internacional del delito fiscal y financiero; de la especulación financiera; de los delitos societarios de grandes empresas y multinacionales; de la elusión, evasión y fraude fiscal; del crimen y el tráfico organizados y del terrorismo internacional. Alguna esperanza hay, ¡¡se puede hacer visible lo invisible, se puede nombrar lo innombrable: Paraísos Fiscales!!
Paraísos Fiscales que vienen multiplicando exponencialmente su actividad al amparo del principio básico que regula la política económica neoliberal de la UE que viene consagrada en el marco del Tratado de la UE aprobado recientemente en Lisboa por el gobierno español (Titulo IV art.63) "quedan prohibidas todas las restricciones a los movimientos de capitales entre Estados miembros y entre Estados miembros y terceros países" y debido a su trascendencia esperamos que su ratificación por el pueblo español sea sometida a consulta ciudadana en referendum. Tal es, al menos, la opinión mayoritaria expresada por las encuestas de opinión realizadas al efecto.
Pues bien, para nosotros Sr. Secretario de Estado, el principio de prevención ha de actuar necesariamente sobre las causas para prevenir y paliar los efectos. Y preguntamos ¿Se ha analizado suficientemente por el Gobierno que usted representa el papel fundamental que en el actual sistema económico/financiero internacional representan los Paraísos Fiscales? ¿Cree usted Sr. Secretario General que la existencia de estos vacíos o limbos jurídicos extraterritoriales, en los que choca cualquier intento de persecución del delito por parte de la comunidad internacional, hace que sea factible el principio de prevención, esta vez en lo que se refiere al blanqueo de capitales? ¿Cuales son las actuaciones del Gobierno en los organismos internacionales en que está representado (OCDE, FMI, NN.UU, UE..etc) con el fin de poder controlar la delincuencia e inestabilidad financiera que proporciona la mera existencia de estos Centros Offshore Extraterritoriales o Paraísos fiscales y que actuaciones deberían darse? No sabemos exactamente qué preguntas se hace el Gobierno, pero en ATTAC consideramos que cualquier política seria de prevención debe de poder dar respuesta a estas preguntas y dar pasos hacia la consecución de medidas preventivas eficaces.
Le volvemos a manifestar el agrado con que acogemos la noticia, igual que hemos seguido con interés y satisfacción las operaciones judiciales y policiales en las operaciones Ballena Blanca o Malaba, pero queremos asímismo expresarle que no podemos estar satisfechos con la actuación del Gobierno en cuanto a una posible política preventiva integral de persecución del delito fiscal y financiero y del lavado de dinero, ya que cualquier política que se precie en este sentido ha de venir avalada por un enfoque señalado para combatir el delito offshore, via paraísos fiscales.
No ha sido este el enfoque que se ha prodigado desde el Gobierno de España, ya que de los 48 Paraísos Fiscales reconocidos en el Real Decreto 1080/1991 se han ido eliminando de la lista diversos países, 9 en 2005 mediante clausulas de intercambio de información con estos territorios, en algunos casos con medidas para evitar la doble tributación. También en 2007 su Gobierno borró del listado el Paraíso Fiscal de Panamá, debido a los intereses apremiantes del Gobierno por posibilitar que empresas Españolas pudieran contratar en las obras de ampliación del Canal. Sin embargo es notorio que el intercambio de información al que aluden dichos acuerdos no puede hacerse efectivo en la mayoría de los casos, pues las legislaciones particulares de estos territorios offshore posibilitan a negocios y capitales fraudulentos y delictivos el anonimato más absoluto.
Así que los acuerdos tomados por el Gobierno de España reduciendo el listado de los considerados paraísos fiscales, son mayoritariamente papel mojado y, eso sí, contribuyen a dotar a estos offshore de una imagen falsa de prestigio y respetabilidad. En este sentido y dentro de la denominada banca offshore han resultado infructuosos los intentos normativos hacia estos territorios establecidos por el Comité de Basilea en 1992, con intentos de aplicación de cuestiones tan sencillas como la obligatoriedad de identificación de los clientes. Y es que las facilidades para abrir cuentas en filiales o sucursales bancarias o para constituir sociedades opacas en estos territorios es absoluta. Las cuentas cifradas o numeradas, la simplicidad y facilidad para la constitución de sociedades opacas, fideicomisos y fundaciones hace inútil todo tratado de intercambio de información. Esto unido a las leyes que en muchos de estos Centros siguen regulando el secreto bancario hacen posible que el principio de opacidad y la absoluta o nula tributación sigan siendo las dos grandes causas que atraen todo tipo de capitales.
Esta atracción de capitales, en el caso que nos ocupa del lavado de dinero, es posibilitada por la facilidad para la colocación de los capitales que pretenden lavarse en cuentas o sociedades offshore, el encubrimiento de estos mediante sucesivas transacciones financieras protegidas por legislaciones que amparan el secreto empresarial y bancario, así como la integración final de los capitales blanqueados a través del sistema financiero y su regreso al delincuente como dinero legal.
En una carta anterior le expresábamos la necesidad de avanzar en la implementación/adopción de medidas legislativas, así como de incrementar los recursos para hacer efectiva la supervisión y control necesarios en combatir y prevenir el delito fiscal y financiero. En ese sentido nos hacíamos eco del Informe del GAFI 2005 (Grupo de Acción Financiera Internacional) que al analizar las acciones sobre el lavado de dinero en España apuntaba a la casi nula existencia de inspectores dedicados a la supervisión de determinados colectivos que pueden ser proclives a vehicular el lavado, como notarías, despachos de abogados, inmobiliarias, asesorías fiscales registradores de la propiedad, joyerías, marchantes de arte...etc.
También nos hacíamos eco de las diversas demandas de las Organizaciones de Inspectores de Hacienda del Estado y distintos cuerpos de dicho Ministerio, en el sentido de la necesidad de aumentar significativamente los recursos humanos para la Inspección. Sin embargo en ATTAC estamos absolutamente convencidos de la necesidad de combatir las causas y de que en este sentido es apremiante para la Comunidad Internacional combatir la opacidad y desregulación financiera y fiscal vía paraísos fiscales e ir planteando su paulatino desmantelamiento como reductos de “no ley” y escenarios de iniquidad y delincuencia.
Somos conscientes de que las acciones para combatir estos paraísos fiscales y como consecuencia el lavado de dinero, han de tener amplio eco en la Comunidad internacional, por ello le requerimos buena disposición para plantear medidas eficaces en los foros e instituciones internacionales donde España a través de su Gobierno estén representados. También para comenzar por casa, nuestro Manifiesto por la Justicia Fiscal Global planteaba al Gobierno que representa una reivindicación que le reproducimos:
Que se avance en la abolición de los paraísos fiscales. En este sentido pedimos al Gobierno Español que no reconozca jurídicamente a las sucursales bancarias y empresas creadas en dichos “paraísos”.